Victoria.- (Alfredo Guevara) El Tribunal Electoral del Estado, condenó al Instituto Electoral de Tamaulipas (Ietam) el pago de prestaciones económicas a quien fuera su presidente Jesús Eduardo Hernández Anguiano y ordenó a dicho organismo que al día siguiente de que sea notificada esta resolución, se dé cumplimiento a la misma.
Durante la sesión pública de este viernes, los magistrados confirmaron también el acto impugnado por el Partido del Trabajo (PT) relativo a los criterios aplicables para garantizar el principio de paridad de género en la integración de la próxima legislatura del Congreso local, aprobado por el Consejo General del Ietam
De hecho, este tema abarcó casi 30 minutos, de los 56 que duró la sesión pública y en la que se resolvieron cuatro recursos de apelación, interpuestos por el otrora Nueva Alianza, Revolucionario Institucional (PRI) y Partido del Trabajo, además de dos juicios laborales hechos llegar por Jesús Eduardo Hernández Anguiano y Minerva Vargas Carreño, en reclamo a la entrega de prestaciones económicas
Lo que llamó la atención de la sentencias, fue el sentido de la resolución de los magistrados en los juicios laborales interpuestos en contra del Instituto, que en el caso del ex presidente de este organismo (Hernández Anguiano), el Ietam tendrá que realizar el pago de las prestaciones económicas que de cierta forma no quería liquidar conforme a la ley
Los magistrados valoraron aspectos, cuyos resultados les dio la razón para emitir ese ordenamiento al Instituto, tomándose en cuenta que el expresidente, por haber ocupado el cargo, de acuerdo a la ley está impedido por espacio de dos años para acceder a otros empleos dentro de la función pública
La misma suerte correría Minerva Vargas Carreño, quien había sido despedida de manera injustificada durante la presidencia del Instituto de Miguel Ángel Chávez, solo que a diferencia de Hernández Anguiano, la actora se desistió de la demanda mediante la cual reclamaba diversas prestaciones económicas
Ante ello, los magistrados avalaron sobreseer el medio de impugnación, luego de que la controversia quedó sin materia