Victoria.- (Alfredo Guevara) La asignación de diputados por el principio de representación proporcional, aprobada por el Consejo General del Ietam el pasado 13 de agosto, fue confirmada por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas (TEET).
En su sesión pública, los magistrados consideraron en forma unánime que los agravios presentados por el Revolucionario Institucional (PRI), Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y de Ernesto Navarro Acosta son infundados.
Cada uno de los cinco magistrados, tuvo la oportunidad en lo individual de externar sus criterios en torno a los agravios presentados por los dos partidos y de quien presentara el juicio para la defensa de los derechos político electorales del ciudadano.
Coincidieron en que el Consejo General del Ietam atendió criterios constitucionales para la asignación de los diputados locales por el principio de representación proporcional, entre éstos, en base a la votación total emitida para cada partido.
Establecieron que la integración de la 64 legislatura del Congreso local, de 19 mujeres y 17 varones, representa la voluntad de la población ejercida en las urnas, atendiendo el principio de paridad, a la fuerza de cada partido político sin llegar a una sobre ni sub representación legislativa.
Hicieron ver que el Ietam no tiene facultades de acuerdo a la ley para decidir la conformación de la próxima legislatura del Congreso de Tamaulipas y por tanto, atendió criterios constitucionales como de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para su asignación.
Por espacio de más de una hora, los magistrados recurrieron a tesis y jurisprudencias de las que hicieron uso para emitir su criterio, en torno a los agravios presentados por el PRI, Morena y Ernesto Navarro.
Uno a uno leyeron los agravios, pero también los criterios que dieron la pauta para que se declararan infundados los dos recursos de inconformidad (del PRI y Morena), además del juicio para la defensa de los derechos político electorales del ciudadano.
A partir de la fecha, cada uno de los actores dispone de cuatro días para inconformarse ante la siguiente instancia jurisdiccional.